Comentario
Hasta muy poco tiempo atrás, era poco común escuchar, leer o pronunciar en los medios de comunicación la palabra “Femicidio”, y, según la definición de Naciones Unidas, se entiende que es “el asesinato de mujeres como resultado extremo de la violencia de género, que ocurre tanto en el ámbito privado como público y, comprende aquellas muertes de mujeres a manos de sus parejas, ex parejas o familiares, asesinadas por acosadores, agresores sexuales y/o violadores, así como aquellas que trataron de evitar la muerte de otra mujer y quedaron atrapadas en la acción femicida.”
En Chile, el conteo público que visibiliza este crimen es presentado por el Servicio Nacional de la Mujer (SERNAM) y en que a la fecha va en el número 61 de muertas según una aplicación correcta de la anterior definición, pero la suma se acrecentaría si hubiera un mayor reconocimiento ante la temática y sobre todo conciente, ante una realidad crudamente estimativa en que una mujer por semana es asesinada en el país.
Por este motivo, dentro de la agenda pública de gobierno sería prudente enfocar y revisar los esfuerzos íntegramente, de acuerdo a último informe regional presentado por la CEPAL el pasado 25 de noviembre: !Ni una más! El derecho a vivir una vida libre de violencia en América Latina y el Caribe, y como se plantea en su resumen, se pretende promover su eliminación e impunidad a través de la difusión y debate en todos los sectores de la sociedad, como también la producción de una interacción que proporcione a las autoridades nuevos elementos en la generación de recursos e instrumentos para su total erradicación y se declara que “es indispensable que esta se convierta en un objetivo central de las agendas públicas: en primer lugar, como problema de derechos humanos y como obstáculo para el desarrollo en segundo. Es necesario avanzar hacia una política pública que subraye el deber de diligencia que tiene el Estado para proteger a las mujeres contra la violencia. La voluntad política debe ir acompañada de los recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para articular y profundizar los esfuerzos existentes en materia de prevención, atención y sanción”.
Además, se agrega que, junto con “la falta de experiencia, la carencia de modelos o la indiferencia social no son la explicación para las debilidades analizadas en este documento. Los principales obstáculos se encuentran, en primer lugar, en la vacilante voluntad de la esfera institucional, ya que los tres poderes del Estado muestran deficiencia, falta de recursos técnicos, financieros y humanos. En segundo lugar, la persistencia de factores culturales que invaden todas las esferas de la vida social y legitiman la violencia.
En este contexto, la sinergia negativa entre la debilidad institucional y la cultura patriarcal favorece y provoca situaciones de impunidad. Estos factores son causa y consecuencia de la falta de poder de las mujeres, las niñas y las adolescentes.
Las buenas prácticas identificadas en la región indican que el círculo de impunidad se puede romper con la puesta en marcha de estrategias multisectoriales, donde las mujeres tengan plena participación como ciudadanas.
Debido al crecimiento exponencial de las denuncias, la mayor visibilidad social de las violencias -incluida la de género- y la baja legitimidad de las instituciones públicas, los programas que fueron exitosos en los inicios de la lucha contra la violencia, hoy requieren de un cambio decidido basado en un fuerte compromiso político para realizar reformas institucionales en el ámbito de la justicia y la seguridad, y políticas públicas que se enmarquen en la legislación internacional sobre derechos humanos de las mujeres”.
Por lo tanto, aun nos queda un largo camino por recorrer que solo será realidad si comenzamos a construir responsablemente una realidad social en conjunto y transversal que considere a las mujeres en igualdad plena de derechos.
El informe se puede encontrar aquí
Daniela Andrade Zubia
www.laciudaddelasdiosas.blogspot.com
1 comentario:
Me pregunto si esa definición no debiera hacer referencia a que estos homicidios constituyen actos discriminatorios, y manifiestan un sentido de pertenencia, de poder hacia la mujer hecha cosa de la cual se apropia el violento porque no reconoce su derecho a ser libre, a pensar diferente, a decir no, a decir basta, a disponer de su cuerpo, conciencia, espíritu, creencias, modo de vida; sentido de pertenencia colindante o coincidente con la defición de exclavitud, abolida expresamente por nuestras constituciones.
gracias por tu aporte, daniela!!!
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